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CPP o residencia humanitaria ¿Qué elegir si soy solicitante de refugio?

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Te dejamos esta información que puede ser de tu interés si eres venezolano solicitante de refugio en el Perú. Tú eliges que opción es la que más te conviene para poder regularizarte


El proceso para el Carnet de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) ya está en marcha, pero hay un grupo de venezolanos que aún no tienen la orientación necesaria para decidir si acceder a este documento o no. Ellos son los venezolanos solicitantes de refugio en el Perú.

Como se conoce, el decreto supremo DS 010-2020-IN establece la regularización de todos los extranjeros que se encuentren en situación irregular en este país, esto incluye a los solicitantes de refugio. Sin embargo, éste se divide en dos trámites: El CPP y la residencia o calidad humanitaria que da un carnet de extranjería gratuito.

Aquí te indicaremos las ventajas y desventajas de cada uno de los procesos para que como solicitante de refugio tomes la mejor decisión para regularizarte.


El Carnet de Permiso Temporal de Permanencia (CPP)

El conocido como CPP está dirigido para la regularización migratoria de aquellos venezolanos y otros extranjeros que hicieron un ingreso ilegal al Perú. Es decir, que no fueron registrados en un puesto de control migratorio y llegaron a la nación por pasos no habilitados conocidos como «trochas».

También está hecho para los venezolanos y otros extranjeros que entraron de forma regular al Perú, pero no hicieron ningún trámite migratorio durante su permanencia. Es decir que aún cuentan sólo con su pasaporte o cédula de identidad.

Para acceder al CPP este grupo debe cumplir una serie de requisitos que puedes ver en este link. Uno de ellos es estar registrados en la preinscripción migratoria y pagar la multa correspondiente por exceso de permanencia, o al menos hacer el fraccionamiento.

Además, el CPP te da una calidad migratoria temporal, es decir, de un año. Luego de perder su vigencia, el beneficiario puede tramitar la residencia o el carnet de extranjería.

Los solicitantes de refugio pueden acceder por voluntad propia a esta documento, y lo obtendrán cancelando la sanción por exceso de permanencia y pagando el costo de cada uno de los trámites que se exigirán.


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Residencia o calidad migratoria humanitaria

La residencia humanitaria es un estatus migratorio que el Gobierno peruano entregará de manera gratuita a los solicitantes de refugio que se hayan registrado en la preinscripción migratoria.

Es decir, más de 132.000 venezolanos recibirán un carnet de extranjería humanitario gratis. Es decir, que serán residentes en el Perú.

Este proceso está en la ley y está dirigida a ese grupo de venezolanos que han pedido asilo al Gobierno peruano y han pasado más de 2 años en esa condición sin posibilidades a otro trámite migratorio.

Hace meses la Comisión Especial para los Refugiados, envió correos electrónicos a los solicitantes informando que serán beneficiarios de esta calidad migratoria siempre y cuando tengan el código que arroja la preinscripción.

Para obtener este documento, el solicitante se refugio no debe tener antecedentes policiales, judiciales y penales (estos serán tramitados por el Ministerio de Exteriores). Posteriormente serán notificados para recibir el documento.

Sin embargo, el marco jurídico de este trámite aún no está aprobado, y se desconoce para cuando lo estaría. Organizaciones internacionales como la oficina de Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR) y la misma Superintendencia Nacional de Migraciones han dicho que el proceso sigue en pie y sí se va a dar, por lo que queda es esperar.

Los venezolanos que sean beneficiarios de este documento no pagarán ningún trámite, todo será financiado por la cooperación internacional.


Aprobación del refugio

La aprobación del refugio o asilo que otorga el Estado peruano es un proceso bastante riguroso y estricto.

De los 530.000 solicitantes de refugio en el Perú, sólo le han aprobado el asilo a 3.266. Ellos reciben un carnet de extranjería por parte del Gobierno peruano.

Para la aprobación del refugio, los venezolanos solicitantes deben ser entrevistados y pasar una serie de etapas que demuestren a los funcionarios de la Comisión de Refugiados que estar en Venezuela representa un verdadero peligro para la vida.

Además, actualmente el sistema ha colapsado y se ha limitado a aprobar el refugio a aquellos venezolanos en situación de extrema vulnerabilidad que necesiten urgentemente el documento para ser atendidos.


Entonces ¿Cuál elegir?

Los solicitantes de refugio que se hayan preinscrito pueden optar voluntariamente por el CPP si necesitan regularizarse urgentemente y esperar un año por su carnet de extranjería. Para hacerlo deben pagar todos los requisitos correspondientes como la ficha de canje de Interpol y el derecho a trámite. Además, deberán cancelar la multa por exceso de permanencia o pedir un fraccionamiento.

Si desean no pagar ningún tipo de trámite ni cancelar multa por exceso de permanencia, pueden esperar la residencia humanitaria. Sin embargo, deben tener en cuenta que el proceso aún no está aprobado por el Estado peruano, pese a que se ha anunciado y prometido,. Este trámite les dará la residencia inmediata es decir el carnet de extranjería.



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