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Migraciones: No se paga multa para iniciar trámite del CPP

CPP multa venezolanos Perú

El venezolano debe hacer un compromiso de pago por 12 meses que debe cumplir durante el periodo que dure el CPP. Si no lo cancela no podrá optar por la residencia, es decir: el carnet de Extranjería


Los ciudadanos venezolanos en Perú que vayan a tramitar el Carnet de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) no deberán pagar la multa de exceso de permanencia para iniciar el trámite.

Así lo informó el Licenciado Armando García Chunga, Director de Operaciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú en una entrevista en Diáspora TV

«No es un requisito inicial el fraccionamiento, pero si el compromiso de pago de por cuotas de 12 meses», indicó.

En la plataforma para tramitar el CPP, el ente pregunta al solicitante si se compromete por medio de una declaración jurada a «acogerse al fraccionamiento de la deuda por concepto de multas y/o tasas migratorias, de tener exceso de permanencia».

Es decir, explica García Chunga, que si el solicitante no paga durante la vigencia de un año de este documento temporal, no podrá tramitar luego el carnet de extranjería.

«En esos 12 meses tiene la obligación el ciudadano de acogerse al fraccionamiento. Obviamente, si no ha pagado no puede acceder a la residencia», recalcó.

Los formularios de fraccionamiento que están a la mano de los usuarios para su descarga, sirven para aquellos otros trámites migratorios, no para el CPP.


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