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Pedro Castillo observó cambios a ley de migraciones

Pedro Castillo Venezolanos Perú

EL mandatario dijo que los cambios en la ley de migraciones son contrarios a los principios de integración del migrante. Además, se obvia la responsabilidad de los arrendatarios de pagar el impuesto de 5% del valor del alquiler a la SUNAT.


El Presidente de Perú, Pedro Castillo, observó los cambios hechos por el Congreo al Decreto Legislativo 1350 de Migraciones porque no «respetan los derechos fundamentales» de los venezolanos y otros extranjeros que residen en la nación.

«Esta propuesta normativa es contraria a los mismos principios de la norma migratoria, en la cual se busca, por encima de todo, respetar los derechos fundamentales de las personas extranjeras en nuestro país», se extrae de la comunicación que fue enviada a la presidenta del Parlamento, Lady Camones.

El Congreso peruano aprobó hace semanas unas modificaciones que buscaba restringir aún más el ingreso de extranjeros al país. Adicionalmente, se obligaba a los arrendatarios de inmuebles a informar si hospedan a un migrante irregular.

Con 105 votos a favor fueron aprobados estos cambios, que además salieron exonerados de una segunda discusión. Posteriormente, las modificaciones fueron enviados al mandatario para su promulgación.

Lee: Estos fueron los cambios que propuso el Congreso para la Ley de Migraciones.

¿Por qué Castillo observó cambios a Ley de Migraciones?

De acuerdo con la explicación de la carta, el principio de integración del Migrante «no se cumpliría». En el texto se explica que éste se violaría cuando un arrendatario exija un documento al inquilino que certifique la situación migratoria regular. Además, resalta que «el arrendador no tiene el conocimiento técnico para verificar dicha situación migratoria».

Adicionalmente, la comunicación señala que también se estaría colocando al extranjero «en una situación de indefensión». No sólo eso, también de posible situación de calle al exigir dicho documento».

«Si bien es cierto, se puede y se debe exigir un documento de identidad de las persona que arrienda, no es necesario que este cuente con una situación migratoria regular».

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Los impuestos que deben pagar los arrendatarios

Una de las críticas más comunes de los cambios a la norma, es que se obvia la responsabilidad de los arrendatarios de pagar el impuesto de 5% del valor del alquiler a la SUNAT.

En la carta enviada por el Ejecutivo al Congreso peruano, se resalta que el arrendatario no puede obligar al inquilino a informar su situación migratoria. De acuerdo al escrito, «no existe el deber de declarar el arrendamiento, mas allá del pago del impuesto respectivo».

«La mayoría de los servicios de alojamiento y arrendamiento privados, al no ser declarados ante la SUNAT, ocasiona que no sea posible identificar con exactitud quienes son los arrendadores», recuerda el Ejecutivo.

Por otro lado, advierte que una una labor de fiscalización «casa por casa» para conocer el estatus de arrendamiento, «resulta casi imposible de ser realizada».


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