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Venezolanos y otros extranjeros en Perú podrán tramitar nuevamente PTP

El Gobierno peruano publicó este jueves el decreto que permite a los ciudadanos venezolanos que entraron al país luego del 31 de octubre de 2018, optar nuevamente por este documento. Esto beneficiará a más de 480 mil personas, entre ellos aquellos que solo tienen la solicitud de refugio.


El Decreto Supremo 010-2020-IN, publicado en el Diario Oficial El Peruano, oficializa finalmente la regularización migratoria de casi la mitad de la población venezolana que se encuentra en el Perú, una medida que desde hace más de un año había sido solicitada por organismos internacionales y representantes de la comunidad dentro de este país.

Ahora los venezolanos que entraron regularmente al país y que aun no contaban con este documento podrán tramitarlo normalmente una vez que la Superintendencia Nacional de Migraciones haga el llamado.

No sólo eso, esto también beneficia a los ciudadanos extranjeros de otras nacionalidad que se encuentren en situación irregular en el Perú, siempre y cuando su entrada al país haya sido de manera legal.


Más de 450 mil venezolanos beneficiados

Esto ayudará a más de 450 mil venezolanos, cuya situación migratoria quedó solo en la solicitud de asilo o refugio, la cual quedó paralizada debido a la gran cantidad de requerimientos, lo largo del proceso y la pandemia del coronavirus que obligó a suspender la atención.

El nuevo Carnét de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) remplazará al PTP, que desde 2016 a 2019 regularizó a más de 250 mil venezolanos.

Los requisitos para el trámite serán los mismos que siempre han regido, solamente se agrega la presentación de un recibo de servicio público para verificar la dirección y se excluye la ficha de canje internacional de Interpol.


Los requisitos para el CPP Carnet de Permiso Temporal de Permanencia para extranjeros

1. Solicitud que da inicio al procedimiento de Regularización Migratoria, que se genera automáticamente en la respectiva sede de MIGRACIONES y es suscrita por el solicitante con carácter de declaración jurada. En caso de personas mayores de edad con discapacidad permanente, que no puedan expresar su voluntad de manera indubitable, es suscrita por su representante legal de acuerdo al Código Civil.

2. Hacer el depósito correspondiente al trámite, cuyo costo será fijado por Migraciones.

3. Pedir la cita de manera digital ingresando los datos del voucher o recibo.

4. Copia simple del pasaporte vigente o del documento de identidad vigente, cuando este sea reconocido como documento de viaje, según los convenios internacionales suscritos por el Perú (Carta Andina)

5. Declaración jurada, que indique lo siguiente:

a. No poseer antecedentes penales, policiales y judiciales a nivel nacional e internacional o referencias internacionales de la Organización Internacional de Policía Criminal -INTERPOL.

b. No estar comprendido en los supuestos de impedimento de ingreso al territorio nacional a los que hace referencia el artículo 11 de la presente norma.

c. Compromiso de acogerse al fraccionamiento de la deuda por concepto de multas y/o tasas migratorias, de corresponder.

El Formato de Declaración Jurada se genera, registra y suscribe en presencia de MIGRACIONES.

6. Copia simple del recibo de servicio público en el que conste el domicilio declarado en la solicitud de regularización migratoria.

Solo para los venezolanos que entraron legalmente

De acuerdo con el presidente de la Unión Venezolana en Perú (UVP) , Oscar Pérez, pueden optar al PTP si el ciudadano entró al perú de manera regular.

«Los que entraron de manera irregular tendrán que optar por otras opciones que ya están claras cuáles van a ser», dijo en declaraciones a Rostros Venezolanos.

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