Conoce cómo puedes tener tu carnet de extranjería sin esperar el año de vigencia del CPP, siempre y cuando cumplas con los requisitos que detallamos en la siguiente información.
Los venezolanos y otros extranjeros con el Carnet de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) pueden tramitar carnet de extranjería inmediatamente si acceden a determinadas calidades migratorias.
El CPP es un permiso temporal que da el Estado peruano para regularizar el estatus a las personas que entraron al país por paso no habilitado. También para aquellos que ingresaron por un punto de control migratorio, pero durante su estadía no tramitaron algún documento.
La mayoría de los venezolanos que han tenido este documento (antes PTP) esperan un año para luego tramitar la residencia a través de la calidad migratoria especial residente. Una vez aprobada por Migraciones, reciben el carnet de extranjería.
Sin embargo, existen otras calidades con las que los portadores del CPP pueden obtener el documento de manera más rápida, siempre y cuando cumplan con los requisitos del ente y hayan pagado la multa por exceso de permanencia, de tenerla.
Estas son:
- Calidad Migratoria Formación
- Calidad Migratoria Trabajador
- Familiar de residente
Carnet de extranjería por calidad migratoria Formación
Es aquella que se le otorga a los estudiantes de Educación Básica, Educación Técnico-Productiva. Institutos de Educación Superior o Escuelas de Educación Superior. Asimismo, se le otorga a los estudiantes de la Educación universitaria en las modalidades de estudios generales de pregrado; estudios específicos y de especialidad de pregrado y estudios de posgrado, maestrías y doctorados.
También funciona para las Modalidades formativas laborales establecidas en la
normativa nacional de la materia. Es decir, los cursos y practicas pre-profesionales que realizan empresas públicas y privadas a trabajadores.
El plazo de otorgamiento y de permanencia es de un año y tiene que ser prorrogado por el mismo tiempo.
Carnet de extranjería por Calidad Migratoria Trabajador
Migraciones otorga esta calidad migratoria a aquellas personas extranjeras que deseen realizar actividades lucrativas de forma subordinada o independiente
para los sectores públicos o privados, siempre y cuando cuente con un contrato de trabajo, relación administrativa o contrato de prestación de servicios.
Este tipo de calidad incluye también a los empleados de empresas transnacionales,
corporación internacional y que deban desplazarse al Perú para trabajar en una empresa del mismo grupo económico o holding.
Lo empresa contratante debe estar debidamente formalizada y con RUC activo.
Los trabajadores independientes, por su parte, también pueden optar por esta calidad migratoria. Deben tener el RUC activo al menos un año.
Migraciones entregará al solicitante un carné de extranjería con residencia de 365 días continuos que se pueden prorrogar por la mima cantidad.
Carnet de extranjería por Familar residente
Se otorga esta calidad migratoria a aquellas personas extranjeras que mantengan vínculo familiar comprobado con nacionales o con personas extranjeras residentes en territorio peruano.
Para tramitar esta opción, el familiar debe contar con carnet de extranjería vigente y con sus prórrogas al día, si corresponde. En caso de padres de peruano, el hijo o hija debe tener su DNI vigente.
Este no es un trámite obligatorio para los familiares de residentes, ellos pueden tramitar otras calidades si cumplen con los requisitos.
La residencia de este carnet de extranjería tiene una vigencia de 2 años para los padres o familiares directos de peruano. Mientras que para los familiares directos de residentes es de 1 año.