Decreto Supremo establece además que desde el 1 de julio se podrá salir de nuevo los domingos
El Poder Ejecutivo mediante un Decreto Supremo estableció el fin del aislamiento obligatorio en el Perú desde el 1 de julio, a excepción de las regiones de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.
El confinamiento, que regía en este país desde el 16 de marzo, termina de manera oficial pero dejando restricciones como el toque de queda, que ahora será desde las 10pm hasta las 4am (A excepción de las antes mencionadas provincias); el uso obligatorio de mascarilla y la prohibición de salida de niños menores de 14 años y adultos mayores de 65.
Dentro de las flexibilizaciones está el fin de la inmovilización obligatoria de los domingos a partir de julio.
¿Cuáles reglas se deben llevar a cabo para esta nueva convivencia?
Uso obligatorio de las mascarillas para transitar en las vías públicas y mantener el distanciamiento social de mínimo un metro.
En bancos, otras entidades y establecimientos de alimentos (supermercados, mercados) solo se permitirá un aforo no mayor al 50%, haciendo una desinfección previa para poder ingresar.
Asimismo seguirán prohibida toda actividad que invite a la aglomeración de personas.
La decisión del Gobierno peruano se debe a que la epidemia del Coronavirus ha venido disminuyendo en gran parte del territorio, de acuerdo con los datos emitidos por el Ministerio de la Salud.
Las diferencias entre Cuarentena, Estado de Emergencia y alerta sanitaria
La cuarentena o el aislamiento social es el que obligaba al ciudadano a resguardarse en su casa y sólo salir de ésta para abastecerse de alimentos y medicinas. Desde mayo, el Gobierno peruano fue flexibilizando las duras restricciones de esta medida para abrir la economía que se vio duramente afectada en abril.
El Estado de Emergencia es aquel que permite constitucionalmente al Gobierno tomar decisiones en pro del resguardo de la vida de los ciudadanos. En este caso, la lucha contra el Coronavirus no termina en el Perú, por lo que las restricciones continuarán hasta el 31 de julio, como por ejemplo, el uso de mascarillas, el aforo de 50% en comercios, centros comerciales y transporte público, la prohibición de eventos, discotecas, bares y otras actividades que inviten a la aglomeración de personas.
La emergencia Sanitaria también es un dictamen que permite al Gobierno tener mayor libertad de usar los recursos del Estado para poder atender la epidemia del Covid-19. Esto evita la burocracia, las trabas y otras limitantes que obstaculicen la atención primaria a los ciudadanos que están infectados por la enfermedad.