Los ciudadanos venezolanos en Perú que tengan carné de extranjería especial por más de 3 años, pueden usar esta opción si desean que el Estado peruano le otorga la residencia permanente. Con este estatus no sólo se dejará de pagar anualmente, también se podrá estar fuera del país por menos de un año sin perder la regularidad migratoria y viajar a México sin visa.
Los venezolanos en Perú que cuentan con el carné de extranjería especial están considerando hacer un cambio en su estatus migratorio para poder obtener más rápido la residencia permanente. De este modo, se olvidan del pago que tienen que hacer año a año para mantenerse regulares en el país.
Casi 400.000 venezolanos tienen actualmente un carné de extranjería, la gran mayoría por calidad migratoria especial residente, la cual debe renovarse anualmente para evitar la irregularidad.
Muchos extranjeros de esta nacionalidad tienen hasta 6 años con el documento, pero una gran parte no cumple con los requisitos exigidos por Migraciones para cambiar a un estatus migratorio más alto.
La residencia permanente es una calidad que otorga la Superintendencia a los extranjeros con más de 3 años con carné de extranjería. Este estatus no requiere de una renovación anual y, además sube de 180 a 365 días el permiso para estar fuera del país.
Se conocía que para obtener este carné se debía pasar antes a una calidad migratoria trabajador, la cual requiere presentar contrato de trabajo por un año, un requisito difícil de conseguir en el país. Sin embargo, hay una nueva vía que está disponible y es la que los venezolanos están tomando.
La residencia permanente también se puede obtener por ser familiar se residente o de peruano
Una innovación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), es la confirmación del trámite de la residencia permanente a través del carné de extranjería por calidad migratoria familiar de residente.
Este documento es aquel que se les da a los venezolanos con familiares que tienen carné de extranjería con cualquier calidad migratoria o tienen un familiar o cónyuge peruano.
Es decir, si un venezolano tiene un hijo en Perú, puede optar por este estatus. También se da el caso con los padres con niños con la calidad migratoria de estudiantes y los menores con progenitores que ya tienen un carné de extranjería.
«Eso lo puede hacer mucha gente. Se toma en consideración los años anteriores de residencia sin importar que sea especial. Esta es una opción para muchos», dijo a Rostros Venezolanos Oscar Pérez, presidente de Unión Venezolana en Perú.
Con esta calidad Las 10 UIT nos son necesaria para iniciar el trámite de residencia permanente
Uno de las trabas para solicitar la residencia permanente a través de otras calidades migratorias, es la constancia de generar ingresos anuales superiores a 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/51500.
Con la calidad familiar de residente, se evita la presentación de la solvencia. De este modo, se convierte en una vía directa para obtener la residencia permanente peruana.
Países con los que se puede entrar con la residencia permanente peruana
Los venezolanos en Perú con residencia permanente pueden entrar a países como México sin necesidad de una visa. Gracias a un convenio de movilidad de la Alianza del Pacífico, los extranjeros con este estatus pueden ingresar a suelo mexicano sin presentar visado.
Caso contrario es Chile, quien ha aclarado a través de sus embajadas que los venezolanos con residencia permanente peruana no podrán entrar a ese país sin visa, pese al convenio. Por lo tanto deberán tramitarla en el consulado de esta nación ubicado en Lima.
Requisitos para la residencia permanente con carné de extranjería familiar de residente
De acuerdo con Migraciones los requisitos para obtener esta calidad migratoria son los siguientes:
- Hacer solicitud en la Agencia Virtual de Migraciones
- Indicar el número de recibo de pago por S./161.40 hecho por el Banco de la Nación con el código 07568
- Copia del pasaporte, cédula de identidad o carné de extranjería familiar de residente
- Presentar la Ficha de Canje Internacional emitida por la OCN INTERPOL – Lima de la Policía Nacional del Perú con fecha de expedición no mayor a seis (6) meses. A excepción de los menores de edad y personas con discapacidad absoluta
- Presentar DNI del familiar o conyuge peruano. En caso de extranjeros, deben presentar el Carné de extranjería y la residencia debe estar vigente.