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Asoman solución para venezolanos que no pueden pagar multa de S./44 por día

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En una reunión con representantes de la comunidad venezolana, la Superintendencia de Migraciones escuchó algunas soluciones para los venezolanos duramente golpeados por la multa de vencimiento de prórroga de residencia.


La Superintendencia Nacional de Migraciones sostuvo una reunión con los directivo de Unión Venezolana en Perú (UVP), en la que se plantearon soluciones para los venezolanos con carnet de extranjería golpeados por la multa de S./44 por día.

El presidente de la organización, Oscar Pérez, dijo a Rostros Venezolanos que en el encuentro se expuso la situación de varios ciudadanos que por diversas razones no hicieron su prórroga de residencia y debido a su situación económica no pueden costear la sanción.

La prórroga de residencia es un trámite que deben hacer año a año los portadores del carnet de extranjería con calidad migratoria especial residente . El costo es de S./ 25.60 y el proceso se realiza exclusivamente de manera virtual.

La multa por no solicitarla en la Agencia Virtual de Migraciones es de S./44 diarios, los cuales se cuentan desde el momento que vence la residencia.




El desconocimiento de la norma

Una de las razones por las que muchos venezolanos no han hecho el trámite es la falta de información, ya que en el carnet de extranjería no aparece la fecha de vencimiento de la residencia. No obstante, sí se muestra el día en el que pierde la vigencia el plástico que es de 4 años.


«Yo me enteré que tenía que hacer ese trámite porque un amigo me lo dijo. Yo siempre he cuidado de mantenerme en regla, pero me confié de lo que decía el reverso del carnet. Vi en la página que tenia la residencia vencida desde hace meses. Hice el trámite y Migraciones me respondió que debo pagar S./3100 de multa. En estos momentos no puedo costear eso y estoy tratando de hacer una reconsideración», dijo Julio Peña un electricista independiente con tres años dentro del Perú.


Solución para quienes pidieron refugio al entrar al Perú

Una de las soluciones que se viene trabajando es aplicar lo suscrito en la Ley 27.891 o Ley del Refugiado. Esta norma de 2002 es clara al establecer que «ninguna autoridad impondrá sanciones por la entrada o permanencia irregular o ilegal en el territorio peruano de personas que soliciten la condición de refugiado».

Existe un grupo importante de venezolanos que la entrar al Perú hicieron procesos paralelos. Es decir, solicitaron refugio al Estado peruano a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y a la vez realizaron el trámite del Permiso Temporal de Permanencia (PTP) ante Migraciones.

Los beneficiados serían aquellos que no renunciaron a su solicitud de refugio, pese a ya tener sus documentos migratorios, de acuerdo con Oscar Pérez.

Se espera un pronunciamiento oficial del ente al respecto.



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