La residencia permanente peruana no solo evitará la solicitud anual de la prórroga en tu carnet de extranjería, también te otorga una permanencia indefinida, más tiempo fuera de Perú sin perder tu calidad migratoria y la posibilidad de poder solicitar luego la nacionalización.
Una de las alternativas para lograr una estabilidad migratoria en el Perú es la residencia permanente, la cual no es más que un estatus migratorio que da permanencia indefinida al venezolano u otro extranjero en el Perú.
Una de las ventajas de esta calidad migratoria otorgada por Migraciones es que no se debe prorrogar cada periodo de tiempo, como es el caso de el resto de calidades.
La residencia permanente además permite estar hasta un año fuera del Perú sin que se pierda el estatus (365 días), siempre y cuando sea dentro de un periodo de 2 años.
No sólo eso, Los residentes permanentes pueden optar a la nacionalización peruana luego de cumplir 2 años con el estatus.
¿Quiénes son los venezolanos que pueden optar por la residencia permanente?
Los ciudadanos venezolano que pueden optar por la residencia permanente son aquellos que posean un carnet de extranjería con las siguientes calidades migratorias:
- Religioso
- Inversionista
- Trabajador (Dependiente o independiente)
- Investigación
- Familiar de residente
- Consular
- Diplomático
- Oficial
- Familiar oficial residentes
Una de las trabas que las autoridades han prometido dar solución a la traba de la acreditación de solvencia económica mínima de 10 UIT (Más de S./49.000) de renta bruta anual de acuerdo a su calidad migratoria.
Se espera que este 2023 haya buenas noticias sobre ese punto en particular.
¿Los venezolanos con carnet de extranjería especial residente pueden optar a la residencia permanente?
Directamente no. Deben pasar a las calidades migratorias que mencionamos anteriormente para poder optar por este estatus.
Sucede lo mismo con los ciudadanos venezolanos con la calidad migratoria humanitaria. Ellos directamente no pueden optar por la residencia permanente peruana. Deben pasar a otra calidad migratoria para poder acceder.
¿Los venezolanos con CPP pueden optar por la residencia permanente?
Directamente no. Deben pasa a las calidades migratorias anteriormente mencionadas para poder optar por este estatus.
¿Si tengo hijo peruano puedo optar a la residencia permanente?
Directamente no. Debes tramitar la calidad migratoria familiar de residente para poder estar habilitado. En el caso de los que tengan CPP deben durar 3 años con el carnet de extranjería familiar residente para poder pedir la residencia permanente. El solicitante debe estar en situación migratoria regular en el Perú.
¿Si tengo madre o hijos con carnet de extranjería puedo optar por la residencia permanente?
Directamente no. Tal como el caso anterior, se debe pasar a la calidad migratoria familiar de residente para poder estar habilitado para optar por la residencia permanente. El solicitante debe estar en situación migratoria regular en el Perú.
¿Si salí del país antes de solicitar la residencia permanente, puedo aplicar?
Para aplicar no debiste haber salido del país más de 3 meses continuos o si sumas 183 días o seis meses en diferentes viajes.
Esto te impediría solicitar la residencia permanente en Perú.
¿A que países puedo viajar con la residencia permanente si soy venezolano?
La residencia permanente peruana permite viajar a gran parte de los países del mundo. Incluso, exonera de visa para el ingreso en poises como México, y Colombia.
Para visitar Chile, el Gobierno de ese país no permite el ingreso de venezolanos con residencia permanente. El ciudadano nacido en Venezuela requiere de visa, eso pese a que Chile pertenece a la Alianza del Pacífico, grupo que comparte con Perú.
Para viajar a Estados Unidos, la residencia permanente no basta. Se necesita igualmente la visa americana para el ingreso. Para aquellos que buscan asilo en Estados Unidos, la residencia permanente peruana podría traerle problemas en el proceso.
Requisitos para que los venezolanos puedan solicitar la residencia permanente
- Formulario de solicitud identificado como F-004. Es gratuito.
- Pago por el derecho a trámite por 162.50 Soles (código 07568) depositado en el Banco de la Nación o en www.pagalo.pe.
- Solicitar la Ficha de canje Internacional Interpol (excepto menores de edad).
- Copia legible del pasaporte o, en el caso de diplomáticos, consulares y oficiales, del Carnet de Protocolo vigente.
- Si la calidad migratoria es trabajador, rentista, inversionista. Se debe acreditar solvencia económica mínima de 10 UIT de renta bruta anual .
- Acreditar continuidad de la calidad migratoria.