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El proyecto de ley que facilitaría el cambio del CPP a Carnet de Extranjería

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De aprobarse esta propuesta los venezolanos con CPP que son independientes, que trabajan con sus oficios, emprendedores o que están en empleos informales sin contrato de trabajo, podrán tener su carnet de extranjería.


La Comisión de Defensa y Orden Interno del Congreso Peruano admitió un proyecto de Ley que destrabaría los complicados requisitos que un extranjero debe cumplir para pasar del Carnet de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) al Carnet de Extranjería (CE).

El documento llamado “Proyecto de Ley que crea la Calidad Migratoria del trabajador nómada digital y dicta otras disposiciones”, facilitaría los recaudos para que el beneficiario del CPP pueda solicitar el carnet de extranjería Trabajador Dependiente o Independiente.

Actualmente, la norma migratoria dice que los venezolanos con CPP pueden acceder a un carnet de extranjería si tienen: contrato de trabajo, si son padres de hijos peruanos o hijos venezolanos estudiantes o si están casados con un nacional.

Pero, el resto o mejor dicho, la gran mayoría de venezolanos con este documento, no cumple con estos requisitos. No solo eso, El CPP es un documento temporal cuya vigencia fue extendida a dos años y justamente este 2023 empiezan a vencerse los primeros documentos.

Este carné no cumple con los beneficios que tenía el extinto PTP. Este documento regularizó entre 2017 y 2019 a un gran número de venezolanos, que luego por ley tenían derecho a solicitar un carnet de extranjería por calidad especial residente.

¿Cuáles son los cambios del proyecto de ley?

Pues, este proyecto de ley impulsado por la Congresista de Acción Popular, María del Carmen Alva, busca destrabar este trámite modificando varios artículos de la actual ley de Migraciones.

Específicamente, el de la calidad migratoria trabajador independiente, que es el que se prevé que la gran mayoría de venezolanos accedería.

Lo primero que se eliminaría es la obligatoriedad del “Contrato de prestación de servicios”. Puesto que, este requisito debía ser presentado ante Migraciones para solicitar el carnet de extranjería y por si fuera poco, debía tener una temporalidad de un año.

De aprobarse el proyecto el solicitante deberá presentar “la licencia, permiso, reconocimiento o acreditación, que habilita el ejercicio, por parte de la autoridad competente en la materia, según la legislación vigente del rubro o sector donde se desempeñe, conforme al principio de igualdad y no discriminación del trabajador migrante”.

Una vez que el beneficiario reciba su carnet de extranjería trabajador, se le abrirá la puerta para luego de tres años, solicitar la residencia permanente peruana o la nacionalización si cumple con los requisitos.

Estas dos últimas etapas le evitaría prorrogar residencia año a año. En el caso de la nacionalización por naturalización,se le otorgaría al extranjero un DNI peruano.

Obligatoriedad del RUC

Uno de las disposiciones que proponen en este Proyecto de Ley es la obligatoriedad del EL  Registro Único de Contribuyente (RUC) para todos los extranjeros.

El no tenerlo podría generar una multa a aquellos con carnet de extranjería que ejerzan una actividad económica o perciban renta de cualquier tipo.

¿Por qué nómada digital?

El proyecto de Ley tiene ese nombre porque de aprobarse, se crearía la calidad migratoria nómada digital. Esto indica, que le daría un carnet de extranjería a los venezolanos y otros extranjeros con CPP que hacen trabajo remoto desde Perú hacia el exterior.

Sin embargo, este documento es restrictivo porque no permitiría generar renta dentro del territorio peruano

Descarga el proyecto de ley aquí

Proyecto de Ley que crea la Calidad Migratoria del trabajador nómada digital y dicta otras disposiciones


Pedro Rueda
Pedro Ruedahttps://rostrosvenezolanos.com
Periodista con experiencia de más de 15 años en medios digitales. Especialista en temas de migraciones, comunidad, deportes, trámites para migrantes venezolanos. Soy reportero, Filmmaker y Fotógrafo. Fundador y Director de Rostros Venezolanos

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